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En el marco de las facultades delegadas a través de la Ley de Bases, el Gobierno Nacional modificó mediante el Decreto 449/25 las Leyes 24.196 y 24.466 con el fin de adecuar funciones de la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía que imponían cargas burocráticas que carecían de racionalidad o de una adecuada proporcionalidad con los fines que las normas modificadas procuraban alcanzar.
Minería & Energia07 de julio de 2025
RN
Una de las modificaciones más importantes es que se agilizó el trámite de verificación de las inversiones realizadas y proyectadas por una empresa, que antes era engorroso y de difícil cumplimiento. Los formularios que estaban vigentes contenían más de 1000 campos de datos para completar, en los cuales 80% de la información requerida no tenía respaldo legal. A partir de ahora, el beneficiario deberá presentar un informe sobre las inversiones pasadas elaborado por un profesional independiente, optimizando así las tareas de control de la autoridad de aplicación y eliminando carga administrativa.
Por otro lado, con la modificación del texto del artículo 10, se acotarán significativamente los tiempos que le lleva a la Secretaría de Minería otorgar un certificado de estabilidad fiscal a la empresa que lo solicite. Hasta hoy, este trámite llevaba un tiempo promedio de un año.
El certificado se emitía con las contribuciones tributarias y tasas aplicables a cada proyecto en las distintas esferas gubernamentales, de orden nacional, provincial y municipal, que cada una de ellas debía remitir a la Secretaría de Minería, lo que dilataba innecesariamente el proceso. Ahora resulta suficiente que el certificado indique expresamente la fecha en que se consagra la estabilidad fiscal.
Por último, con el fin de reducir la intervención estatal y maximizar la eficiencia en la gestión pública, se corrigió la superposición de tareas entre la Secretaría de Minería y el Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR) en lo que respecta al procesamiento de datos geológicos, poniendo bajo la órbita del SEGEMAR el Banco Nacional de Información Geológica creado por la Ley N.º 24.466. Dicho organismo tiene las herramientas para cumplir con esta tarea, que también realizaba habitualmente.
A partir de ahora, los inscriptos en el Régimen de Inversiones Mineras deberán aportar a la autoridad de aplicación la información geológica de superficie de las áreas exploradas y esta se incorporará al Banco de Datos del SEGEMAR, cuyo objetivo es el de registrar para consulta pública toda información geológica del territorio nacional.

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