
En un paso clave para fortalecer la democracia ambiental en América Latina y el Caribe, la Secretaría del Acuerdo de Escazú anunció formalmente la apertura del proceso electoral para renovar a los representantes del público (REPS) para el período 2026-2030. Esta figura permite que la ciudadanía e instituciones de la sociedad civil tengan voz e incidencia directa en el seguimiento e implementación del histórico tratado regional.
¿Qué es la representación del público en el Acuerdo de Escazú?
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, el Acceso a la Justicia y la Participación Pública en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) es un tratado pionero que busca tutelar los derechos ambientales y proteger a los defensores del medio ambiente.
A través del Mecanismo Público Regional, la ciudadanía elige a 6 representantes (dos por cada subregión electoral) para cumplir las siguientes funciones principales:
Intervenir con voz en las reuniones de la Conferencia de las Partes (COP) y del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento (CAAC).
Integrar la Mesa Directiva de la COP (con voz, pero sin voto).
Fomentar la participación ciudadana y realizar consultas continuas a las organizaciones sociales, pueblos originarios y comunidades locales de la región.
Requisitos indispensables para acceder a la candidatura
Para postularse como representante del público, las personas interesadas deben cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 7 del Reglamento Electoral del Acuerdo de Escazú:
Nacionalidad o Residencia: Ser nacional o residente legal de alguno de los países de América Latina y el Caribe incluidos en el Anexo I del Acuerdo de Escazú. Se debe acreditar mediante copia del pasaporte, cédula de identidad / DNI o permiso de residencia vigente.
Registro Electoral Previo: Estar inscripto/a en la plataforma del Mecanismo Público Regional a la fecha de cierre del padrón electoral (31 de julio de 2026).
Incompatibilidad Estatal (Incompatibilidad laboral): No estar ni haber estado empleado/a en ningún poder del Estado (nacional, provincial/estatal o municipal) durante los 12 meses previos a la elección.
Formulario de Postulación: Presentar completo el formulario oficial (Anexo 1 del Reglamento) en formato Word (
.docx), detallando trayectoria, formación en la materia y disponibilidad de tiempo para el cargo.Declaración Jurada: Remitir firmada la Declaración Jurada (Anexo 2) certificando la veracidad de la información y el cumplimiento de las condiciones del reglamento.
Cronograma electoral 2026
10 de julio de 2026: Apertura de la convocatoria y del período de postulación.
31 de julio de 2026: Cierre del padrón electoral para votar.
10 de agosto de 2026 (23:59 h Santiago de Chile): Fecha límite para la recepción de candidaturas.
17 de septiembre de 2026: Publicación de la lista definitiva de candidaturas oficializadas.
5 de octubre al 5 de noviembre de 2026: Período de campaña electoral oficial.
10 y 11 de noviembre de 2026: Votación electrónica de la ciudadanía registrada.
12 de noviembre de 2026: Escrutinio y publicación de resultados.
¿Cómo enviar la postulación?
Quienes cumplan con los requisitos deberán remitir el formulario, la declaración jurada y la copia del documento de identidad vía correo electrónico a la Secretaría del Acuerdo de Escazú (CEPAL) antes del 10 de agosto:
📬 Correo electrónico de envío: [email protected]


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