
Se simplifican las autorizaciones para el ingreso de nuevas aeronaves a la Argentina

El Certificado Tipo es un documento expedido por un Estado que acredita que el diseño de una aeronave, motor o hélice cumple con los requisitos de aeronavegabilidad de ese Estado y satisface los máximos estándares de seguridad y certificación establecidos por la normativa vigente.
A partir de esta resolución, Argentina reconocerá como válidos los Certificado Tipo y los Certificados Tipo Suplementarios de aeronaves y sus componentes asociados emitidos por la Administración Federal de Aviación (FAA) de Estados Unidos; la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (EASA); la Agencia Nacional de Aviación Civil de Brasil (ANAC Brasil); la Autoridad de Aviación Civil del Reino Unido (CAA); y la Dirección General de Aviación Civil de Canadá (TCCA), sin necesidad de llevar a cabo un procedimiento adicional de legitimación.
Esta medida beneficia significativamente la actualización del parque aeronáutico en todo su espectro, desde la Aviación General hasta el Transporte Aéreo, transformando un proceso que anteriormente podía demorar varios años en un trámite más ágil y simplificado. Asimismo, reduce costos para fabricantes y empresas, al eliminar la necesidad de enviar inspectores de la ANAC a las sedes de los fabricantes para verificar manuales y procedimientos, optimizando a su vez los recursos del Estado Nacional.
Esta decisión refleja el reconocimiento por parte de la ANAC de la capacidad técnica y los estándares de calidad y seguridad de las industrias aeronáuticas pertenecientes a países considerados referentes globales en la aviación.
Cabe destacar que este reconocimiento automático dejará de tener efecto si el Certificado de Tipo es suspendido, cancelado o revocado por la autoridad que lo emitió originalmente. Tampoco se mantendrá vigente si el modelo de aeronave en cuestión deja de contar con respaldo del fabricante o de una organización avalada por dicha autoridad para brindar soporte técnico, documentación y asistencia necesaria para garantizar su mantenimiento en condiciones de aeronavegabilidad. Además, la ANAC podrá revocar el reconocimiento en cualquier momento si lo considera necesario por razones de seguridad operacional.



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