
Nuevas disposiciones para la verificación de créditos en aseguradoras en liquidación forzosa
RN
A través de la Resolución SSN N° 352/2025, que entra en vigencia el 1° de agosto, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) establece que las solicitudes de Verificación Tempestiva de Créditos en procesos de liquidación forzosa de aseguradoras deberán realizarse exclusivamente a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Los pretensos acreedores deberán completar el formulario correspondiente —incluido como anexo de la norma— con carácter de Declaración Jurada.
La implementación de esta modalidad digital apunta a fortalecer la eficiencia y accesibilidad en la gestión pública, permitiendo que cualquier persona interesada pueda presentar su solicitud desde cualquier punto del país.
Asimismo, el uso de la plataforma será obligatorio para las Comisiones Liquidadoras, quienes deberán informar sobre esta disposición a los magistrados intervinientes en cada proceso.
La SSN continúa fortaleciendo la digitalización y simplificación de trámites, asegurando que los procesos de verificación de créditos sean más ágiles, claros y accesibles para todos los interesados.


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