Se simplifica el proceso de autorización de licencias para técnicos aeronáuticos

La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), mediante la Resolución N.º 443/2025 publicada ayer en el Boletín Oficial, actualizó la Parte 65 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), con el objetivo de optimizar el proceso de obtención de licencias técnicas aeronáuticas y no impedir parte de los derechos de los profesionales de la ingeniería aeronáutica.

Comunidades Seguras08 de julio de 2025RNRN
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A partir de esta modificación, las personas egresadas de Escuelas de Educación Técnica, aprobadas por el Ministerio de Educación, en las especialidades técnicas aeronáuticas, podrán acceder directamente a las siguientes licencias, sin necesidad de rendir un nuevo examen de conocimientos ante la ANAC:

● Licencia de Mecánico de Mantenimiento de Aeronave (MMA)
● Licencia de Mecánico de Equipos Radioeléctricos de Aeronave (MERA)
● Certificado de Competencia para Tareas Especiales de Mantenimiento

Este reconocimiento se otorga en virtud de la validez de los títulos expedidos por estas instituciones educativas, registrados en el Sistema Federal de Títulos y emitidos conforme a diseños curriculares aprobados por el Consejo Federal de Educación.

Adicionalmente, a partir de la misma reforma, los profesionales egresados de las cuatro universidades de ingeniería aeronáutica no necesitarán rendir un examen ante funcionarios de la autoridad aeronáutica para ejercer un derecho adquirido en función del alcance de su título profesional. Esto deja sin efecto la exigencia de contar con un Certificado de Competencia de Certificador Aeronáutico emitido por la ANAC, requisito que resultaba redundante respecto de sus incumbencias profesionales.

Esta medida, aplicable tanto a perfiles mecánicos y técnicos como a profesionales de la ingeniería aeronáutica, implica una simplificación significativa del trámite: ya no será necesario rendir un nuevo examen ante la autoridad aeronáutica, siendo suficiente con la presentación del título oficial correspondiente.

De este modo, se elimina una instancia evaluativa que hasta ahora replicaba contenidos ya abordados durante la formación técnica y que, en la práctica, además de no contribuir a la Seguridad de las Operaciones Aéreas, complejizaba innecesariamente el proceso y extendía los tiempos para la obtención de licencias y habilitaciones.

Esta actualización normativa desburocratiza y moderniza el procedimiento de habilitación, reduce la carga administrativa, elimina requisitos redundantes y consolida el reconocimiento institucional de las trayectorias educativas técnicas en el ámbito aeronáutico, como así también las incumbencias de los títulos profesionales.

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